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miércoles, 5 de agosto de 2015

GACETILLA POLICIAL - RECOMENDACIONES

Motivo realización de las Elecciones Primarias el Día domingo 9 de agosto del año en curso, se establecen las PROHIBICIONES para el día del Comicio, conforme a los alcances del Art. 71º del Código Electoral Nacional.
 Se prohíbe la realización de espectáculos públicos, sociales, culturales y deportivos a partir de las 08.00 hs del día de la elección y hasta pasadas tres horas de su finalización.
 Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas 12 horas antes del inicio de las elecciones.
 Los locales bailables y clubes nocturnos deberán permanecer cerrados al público desde las 00.00 hs. hasta las 21.00 hs. del día de los comicios.
 El Inciso F) del Art. mencionado recuerda que el proselitismo en cualquiera de sus formas, cesa indefectiblemente a las 08.00 hs. de la mañana del día Viernes previo al acto comicial. Este comprende la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales.
 También se encuentra prohibido difundir encuestas y proyecciones (boca de urna) durante todo el desarrollo, y hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.


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