La Policía de Entre Ríos, a través de la Dirección Prevención de
Delitos Rurales, informa a la comunidad sobre un procedimiento efectuado por la
Brigada Abigeato de Paraná, cuando en horas de la noche, el Comisario Alegrini
Cristian junto a los suboficiales Llanos Iván y Lodolo Martin, al momento de
dispensar un operativo de seguridad a través de un control vehicular sobre el
camino de ripio que une Viale con Crucecita Séptima -Nogoyá-, se procede a
detener la marcha de un utilitario Peugeot Boxer dominio HOZ-885, conducido por
su titular GERMAN acompañado de NAHUEL y CARLOS -todos domiciliados en Bs As-,
quienes transportaban lácteos en dicha unidad automotriz que estaba habilitada
por SENASA para trasladar sustancias alimenticias, situación que ameritó el
contralor de la mercadería que llevaba con su respectiva documentación,
comprobándose la carga de 349 kgs de quesos sardos en óptimas condiciones de
conservación, pero presentado solo un remito de compra a su nombre, "no
siendo válido como factura", con un membrete de la firma "ELM
Lácteos" propiedad de Leonardo -ddo en Nogoya-; ya se había detectado una
evasión impositiva, no obstante ello se inspeccionó cada unidad de queso
determinándose que tenían adjunto un "papel fotocopiado" con el mismo
membrete del remito, pero llamó la atención el burdo sistema de impresión sobre
la identificación de los lácteos, sumados a que el dueño de su fabricación es
conocido en el ámbito comercial, pero nunca con esa razón social "ELM
Lácteos". La duda brigadista sobre su verdadera procedencia, mas allá de
la certeza que los papeles exhibidos no revestían legalidad sanitaria, hizo que
se lo entrevistara al citado empresario Leonardo, quien dejó muy en claro que
nunca tuvo empresa con ese nombre, ya que su empresa tiene otra denominación,
destacando además que en la fecha no realizó ninguna operación con esas
características, desconociendo de plano el orígen de dicha sustancia
alimenticia, lo que derivó en labrar el acta de constatación por la supuesta
Infracción a la Ley Nacional de Alimentos N º 18.284 (Código Alimentario
Argentino) y Resoluciones conjuntas 40/2003 y 344/2003, por las razones
esgrimidas fundamentalmente porque mas allá de la contravención al no tener el
cargamento condiciones sanitarias para ser consumidas por los humanos, también
se ejecutó el procedimiento por el supuesto delito que podría producirse en perjuicio de quien
figuraba como fabricante cuando en realidad no era, decomisando toda la
mercancía para luego proceder a la posterior desnaturalización al no estar apta
para la salud ciudadana. A pesar de detectar el movimiento fraudulento de una
empresa fantasma que utilizaba lácteos fabricados vaya a saber por quien,
utilizando el nombre de otra persona, se indagó mas allá para conocer en
profundidad quien era el autor material y/o ideológico, descubriendo que los foráneos
llegaron de Buenos Aires para entrevistarse con Leandro -domicilio en
Concordia- en una estación de servicio de Nogoya, para acordar la adquisición
por 600 kgs., pero al trasladarse a la supuesta casa de este, no encontró la
cantidad requerida, trasladándose los infractores detrás de la Peugeot Parner
del ahora investigado impostor hasta otro inmueble de una femenina, donde solo
pudo comprar la cantidad decomisada, que en definitiva quedó en claro que
proviene de una emprendimiento comercial trucho.
jueves, 11 de junio de 2015
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