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viernes, 19 de septiembre de 2014

De interés para organizadores de y/o responsables de espectáculos públicos

La Municipalidad de Villaguay a través de la Secretaria de Asuntos Legales e Institucionales recuerda a organizadores y/o  responsables de espectáculos públicos, la vigencia de la Ordenanza Nº 1351/14   que reforma su similar Nº 1218, por la cual solo podrán hacerlo quienes se encuentren inscriptos como tales,  ante los organismos tributarios provinciales y nacionales o  estar exceptuados de los mismos, en casos de las entidades sin fines de lucro con personería jurídica al día. Los nuevos  locales, cerrados o abiertos en donde se  pretenda realizar este tipo de espectáculos,  deberán previamente contar con habilitación municipal y en caso de  bailables, discotecas y similares,  instalarse a no menos de ciento cincuenta metros de viviendas familiares.  A los fines de evitar inconvenientes y clausuras, solicitamos previamente cumplimentar con los demás requisitos exigidos por las ordenanzas vigentes. 


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