LO QUE CONSIDERO ES UNA CLARA EXAGERACIÓN DE PARTE DE LA ORDENANZA, YÁ QUE EN AVENIDAS DE LAS CIUDADES SE PUEDE CIRCULAR A 60 KM. Y AQUI EN UNA RUTA LA MAXIMA ES 40 KM, NO QUIERO PENSAR QUE TIENE FINES RECAUDATORIOS....
AUNQUE SIGUE EN DISCUCIÓN LA LEGALIDAD DE ESTE TIPO DE MULTAS....
Así quedo establecido mediante Decreto Nº 1234 por el Departamento Ejecutivo Municipal, específicamente en el tramo comprendido entre la intersección con calle Ventavoli y su enlace con la Ruta 130, limite de Ejido Urbano Nº18, debido al exceso de velocidad de los vehículos que la transitan a diario y sus consecuencias.
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